BOP. 187    14/08/2020


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE VALMADRID

Número de registro: 5552/2020

Materia: Otros

Sección sexta

EXPOSICIÓN PADRÓN TASA DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, PRIMER SEMESTRE 2020

SECCIÓN SEXTA

Núm. 5552

AYUNTAMIENTO DE VALMADRID

ANUNCIO relativo a exposición del padrón de la tasa del servicio de abastecimiento de agua, primer semestre de 2020.

Por resolución de Alcaldía de fecha 7 de agosto de 2020 se ha aprobado el padrón fiscal por tasa de abastecimiento de agua  correspondiente al primer semestre de 2020, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión del mismo a trámite de información pública.

Por medio del presente anuncio se expone al público por el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la inserción del presente anuncio en el BOPZ, durante el cual estará a disposición de los interesados en las oficinas del Ayuntamiento. 

El plazo para el pago en voluntaria será de dos meses, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOPZ. 

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor del artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en vía de apremio se exigirá un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, más los intereses de demora.

Contra el acto de aprobación del citado padrón y/o las liquidaciones contenidas en el mismo podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de finalización de la exposición pública del  padrón. Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución del recurso, si fuere expresa, y, si no lo fuese, en el plazo de tres meses desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Valmadrid, a 7 de agosto  de 2020. — El alcalde, Alfredo López Arnal.

 

 

 

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